El principio de "ne bis in idem" en el derecho penal europeo e internacional
Este volumen profundiza en los recientes desarrollos del Derecho fundamental al non bis in idem. En los últimos tiempos este derecho se ha universalizado aplicándose más allá de los confines de un determinado ordenamiento. La evolución plantea dos frentes distintos, el europeo y el internacional, que se corresponden con la estructura interna del presente volumen. La aplicación del principio de non bis in idem por el TJCE a partir de lo dispuesto en el Convenio de aplicación Schengen constituye probablemente la mejor muestra de activismo judicial en aras a construir la Europa de los Ciudadanos y un ejemplo evidente de que el principio de reconocimiento mutuo, y la construcción del Espacio Judicial Europeo, no sólo tienen como resultado aumentar la intervención del Derecho penal, sino que pueden y deben contribuir a una consolidación y ampliación de este volumen un detenido estudio de la jurisprudencia del TJCE, del Proyecto de Decisión marco que desarrolla este principio y regula los conflictos de jurisdicción y, finalmente, de su aplicación en el marco de la cooperación penal internacional. El segundo cuerpo de estudios es el dedicado a la vertiente más internacional del principio y surge en relación a los graves delitos de los que se ocupa la Corte penal internacional y sobre los que además se extiende la jurisdicción universal de numerosos Estados. El non bis in idem se enfrenta aquí a cuestiones tan complejas como la relativa a evitar los efectos jurídicos de procesos pantallla o de vergonzantes leyes de punto final con los que se pretende impedir la condena de los autores de los delitos más graves contra la Humanidad, o con problemas tan novedosos como la conformación del principio cuando la interdicción de doble sanción se pretende aplicar no sólo entre diversos Estados, sino también verticalmente entre decisiones emitidas por tribunales internacionales y nacionales.